¿Cuándo pueden obtener los padres los expedientes escolares?

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Massachusetts Law Reform Institute
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Todos los niños necesitan sentirse y estar seguros en la escuela. Esto es todavía más importante para los niños que han sufrido los efectos de la violencia doméstica.

Restringir al padre o madre que los maltrata el acceso a los expedientes escolares puede evitar que ese progenitor cause daños en la educación del niño. El acceso restringido puede evitar que un padre o madre maltratador(a) descubra lo siguiente:

  • dónde viven el niño y el progenitor (padre o madre) que no lo maltrata, y
  • dónde trabaja el progenitor (padre o madre) que no lo maltrata.

La mayoría de las veces, ambos padres pueden ver los expedientes de sus hijos en una escuela primaria, secundaria o preparatoria pública, a menos que haya una orden judicial que:

  • específicamente diga lo contrario,
  • les niegue la visita o el tiempo de crianza,
  • solo permita visitas supervisadas debido a una amenaza de seguridad para los niños, o
  • les niegue la custodia legal debido a una amenaza de seguridad para los niños.

Para asegurarse de que el otro progenitor (padre o madre) no pueda ver los expedientes de su hijo(a), debe tener una de las órdenes judiciales anteriores u obtenerla.

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¿Qué son los expedientes escolares?

Los expedientes escolares o estudiantiles cubiertos por la ley de Massachusetts incluyen lo siguiente:

  • boletas de calificaciones e informes de progreso,
  • los resultados de pruebas de inteligencia y rendimiento,
  • avisos de referencia para evaluaciones de necesidades especiales,
  • notificación de inscripción en un programa para estudiantes de inglés,
  • notificación de ausencias y enfermedades,
  • notificación de detenciones, suspensiones o expulsiones, y
  • notificación de retiro permanente o abandono de la escuela.

Los expedientes estudiantiles también pueden ser documentos, archivos o materiales sobre un estudiante con las siguientes características:

  • son importantes para el proceso educativo, y
  • están ordenados por el nombre del estudiante o almacenados de manera que hagan identificable al estudiante.

Esto incluye información que aportan los maestros, los consejeros escolares y las enfermeras escolares, pero no incluye sus notas personales.

¿Cómo puedo obtener los expedientes escolares de mis hijos?

Estas personas pueden acceder a los expedientes escolares públicos de los niños de preescolar y primaria (K-12):

  • Los padres o el tutor legal del alumno.
  • El alumno mismo si es elegible, lo que significa que:
    • Tiene al menos 14 años, o
    • Está en el noveno grado. 
  • Una agencia con autoridad legal para actuar en nombre del alumno en lugar de, o junto con, los padres o el tutor legal. Como el Departamento del Niño y las Familias (DCF) y el Departamento de Servicios para la Juventud (DYS).

Los padres no necesitan tener la custodia para obtener los expedientes escolares de sus hijos.

Nota para padres inmigrantes

El Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) solo puede ver los expedientes escolares de su hijo(a) si usted está de acuerdo, o si obtiene una orden judicial.

¿Pueden ambos padres obtener los expedientes escolares de sus hijos?

Por lo general, sí. Ambos padres suelen tener acceso a los expedientes escolares de sus hijos. Aún los padres que no tienen la custodia de sus hijos, o padres que no tienen una orden judicial de custodia, suelen tener acceso a estos expedientes. Obtenga más información sobre Cuándo a un padre no se le permite ver o obtener los expedientes escolares a continuación.
 

¿Qué significa ser un padre "con custodia" o "sin custodia"?

A los efectos de los expedientes escolares, un padre "con custodia" es aquel con quien el niño vive. También se llama tener la custodia física. Esto incluye:

  • Un progenitor (padre o madre) que tiene una orden judicial de custodia física exclusiva o compartida.
  • Padres casados donde no ha habido una orden judicial sobre la custodia.

Los padres "sin custodia" son todos los demás. Los padres sin custodia no tienen la custodia física de sus hijos. Pueden tener la custodia legal. Un padre sin custodia sería, por ejemplo, el padre (varón) de un niño nacido de progenitores (padre y madre) que no están casados entre sí, a menos que el hijo(a) viva con el padre varón o exista una orden judicial que otorgue la custodia física al padre varón.

Obtenga más información sobre los acuerdos de custodia.

¿Cuándo no se le permite a un padre obtener copias de los expedientes escolares de sus hijos?

Algunos padres no tienen permitido ver u obtener copias de los expedientes escolares de sus hijo(a)s.

A un padre sin custodia no se le permite acceder a los expedientes en estos casos:

  • Si una orden de restricción lo indica.
  • Si se le niega la visita o el tiempo de crianza por una orden judicial.
  • Si solo se le permite tener visitas supervisadas, debido a una amenaza a la seguridad del niño, y la amenaza está específicamente señalada en una orden judicial de custodia o de visitas supervisadas.
  • Si existe una orden del Tribunal de sucesiones y familia que específicamente dice que el padre no puede obtener los expedientes escolares del niño. O bien,
  • se les ha negado la "custodia legal" debido a una amenaza para la seguridad del niño. Obtenga más información sobre la custodia legal.
¿Cómo puedo obtener una copia de los expedientes escolares de mis hijos?

Todos los padres deben solicitar los registros al director de la escuela por escrito. La escuela revisa el expediente del alumno en busca de cualquier documento que limite o restrinja el acceso de los padres a los expedientes o la información del alumno.

Padres que tienen la custodia

Si usted es un padre con custodia, es importante que se asegure de que el personal de la escuela sabe que su hijo(a) vive con usted. Es posible que no tenga que mostrar documentos o una orden judicial. La escuela debe entregar los registros escolares a un progenitor (padre o madre) que tenga la custodia dentro de los diez (10) días que siguen a la solicitud.

Padres sin custodia

Si usted es un padre que no tiene la custodia y solicita los registros escolares de sus hijos:

  1. La escuela debe informar de inmediato al padre que tiene la custodia que usted ha solicitado los registros escolares del niño.
    1. La escuela debe enviar al padre que tiene la custodia una carta por correo certificado y de primera clase. La carta debe estar en el idioma principal del padre que tiene la custodia y en inglés.
  2. La carta debe informar al padre que tiene la custodia que la escuela le entregará a usted los expedientes una vez transcurridos veintiún (21) días, a menos que pueda demostrar que usted no debe tener acceso a tales documentos. Debe esperar los veintiún (21) días.
  3. Una vez transcurridos, la escuela le entregará los expedientes si se cumple lo siguiente:
    1. no hay documentos en el expediente de su hijo(a) que limiten el acceso, y
    2. el padre que tiene la custodia no entregó documentos a la escuela que demuestren que usted no debe recibir los expedientes.
¿Es necesario que la escuela avise al otro progenitor (padre o madre) que usted pidió los expedientes?

Si el padre que no tiene la custodia solicita los expedientes de un niño, la escuela debe informarlo de inmediato por correo al padre que tiene la custodia. Obtenga más información sobre lo que sucede cuando un padre sin custodia solicita expedientes. 

Si el padre que tiene la custodia solicita los expedientes del niño, no se notifica al otro progenitor (padre o madre).

¿Qué ocurre si el progenitor (padre o madre) que tiene la custodia no quiere que el padre sin custodia tenga acceso a los expedientes escolares?

Si tiene la custodia y el progenitor (padre o madre) que no tiene la custodia de su hijo(a) solicita los expedientes escolares, tiene veintiún (21) días para mostrar documentación de cualquiera de las órdenes judiciales que se mencionan a continuación. Debe mostrarle al director de la escuela que tiene una orden judicial que indica lo siguiente:

  • prohíbe o restringe el contacto con el niño (a menudo, una orden de alejamiento),
  • prohíbe la distribución de información de expedientes escolares, o
  • fue emitida para proteger al niño del maltrato por parte del progenitor (padre o madre) sin custodia.

Si demuestra que tienes una de estas órdenes judiciales, la escuela no está legalmente autorizada a dar acceso a los expedientes del alumno al progenitor (padre o madre) sin custodia.

Si el padre o madre sin la custodia aún no ha solicitado acceso a los expedientes escolares, puede escribirle una carta al director. En la carta:

  • Indique que usted es el progenitor (padre o madre) a quien se otorgó la custodia.
  • Indique que si el progenitor (padre o madre) sin custodia solicita los expedientes escolares de su hijo(a), la escuela se lo debe informar a usted.
  • Pida a la escuela que incluya esta carta en los expedientes de su hijo(a).
¿Se permite que el progenitor (padre o madre) sin la custodia visite la escuela o asista a reuniones con los maestros?

A diferencia de los expedientes de los alumnos, donde hay leyes claras sobre quién puede obtenerlos y quién no, no hay leyes similares sobre las reuniones o conferencias escolares.

Si el progenitor (padre o madre) sin custodia viene a la escuela o asiste a las reuniones de padres y maestros, y está preocupado(a) por los

  • riesgos de maltrato hacia usted o su hijo(a), o
  • teme que el progenitor (padre o madre) sin custodia interfiera con la educación de su hijo(a),

dígaselo a la escuela.

Si hay una orden de alejamiento contra el otro progenitor (padre o madre) que le ordena mantenerse alejado(a) de usted o o de tu hijo(a), dígaselo a la escuela. Lleve la orden de alejamiento. Entregue a la escuela toda orden judicial que prohíba el acceso del otro progenitor (padre o madre) a los expedientes escolares.

Si al padre o madre sin la custodia del niño se le prohíbe ver los expedientes escolares, la escuela no debería enviarle avisos sobre reuniones o conferencias. Sin embargo, el progenitor (padre o madre) podría enterarse de las conferencias a través de otras personas. O la escuela podría enviarle un aviso por error. En circunstancias como estas, puede pedir a la escuela que no permita que el otro progenitor (padre o madre) se reúna con el personal, asista a reuniones o vaya a la escuela.

Todos deben recordar que las comunicaciones entre maestros, personal y padres probablemente incluirán información que está en el expediente del estudiante. Es mejor evitar que los padres con acceso restringido a los registros participen en estas conversaciones.

Recuerde:

No es obligatorio que los padres que tienen permiso para acceder a los expedientes escolares deban tener permiso de participar en reuniones o eventos escolares que la escuela les ha informado. 

Los progenitores (padre o madre) sin la custodia que tienen permiso para acceder a los expedientes escolares no están automáticamente autorizados para participar en procesos y decisiones escolares, a menos que exista una orden de custodia que así lo indique.

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