Si tiene una discapacidad que le dificulta hacer su trabajo, tiene derecho a pedir cambios. Estos cambios se llaman «adaptaciones razonables». Este artículo explica qué son las adaptaciones en el lugar de trabajo y cómo pueden ayudarlo. También explica cómo puede solicitar alguna adaptación.
Usted tiene derechos en el trabajo según las leyes federales y del estado de Massachusetts:
- Tiene derecho a que no lo discriminen en el trabajo debido a que tiene una discapacidad. Los empleadores no pueden negarse a contratarlo o ascenderlo solo porque tenga una discapacidad.
- Tiene derecho a adaptaciones razonables que le faciliten el trabajo o la solicitud de empleo. Un empresario no puede negarse a tenerlo en cuenta debido a que necesite una adaptación para solicitar o hacer un trabajo.
- Tiene derecho a no sufrir interferencias ni represalias. Los empleadores no pueden intimidarlo, amenazarlo o disuadirlo de solicitar adaptaciones. Impedirle pedir u obtener adaptaciones se llama «interferencia». Tampoco pueden tomar represalias contra usted (vengarse) por ejercer sus derechos. Esto incluye el derecho a presentar una denuncia por discriminación.
- Si cree que ha sido objeto de discriminación o represalias, tiene derecho a presentar una denuncia. Puede denunciar la discriminación a alguien de la dirección o de recursos humanos. O puede presentar una acusación formal ante las agencias federales y estatales que velan por el cumplimiento de las leyes de ADA.
La Ley para Estadounidenses con Discapacidades (ADA) y la Ley de Prácticas Justas en el Empleo de Massachusetts determinan que la discriminación de las personas con discapacidad es contraria a la ley. Esto incluye la discriminación en el lugar de trabajo y durante el proceso de contratación.
Los empleadores de Massachusetts no pueden discriminarlo por tener una discapacidad. El acoso laboral a causa de su discapacidad también es ilegal. Las leyes contra la discriminación de Massachusetts se aplican a lo siguiente:
- empleadores con seis (6) o más empleados, y
- cualquiera que emplee a trabajadores domésticos (como los servicios de limpieza), incluso si son menos de seis (6) empleados.
En Massachusetts, la Comisión contra la Discriminación (MCAD) es la agencia estatal que hace cumplir las leyes contra la discriminación.
En el lugar de trabajo, una adaptación razonable es un cambio en una política, práctica o norma para ayudar a una persona con discapacidad a lograr lo siguiente:
- solicitar empleo,
- hacer su trabajo, o
- acceder a su lugar de trabajo o a los beneficios que ofrece su empleo (como el seguro médico).
No existe un enfoque único para las adaptaciones, ni un límite para los tipos de adaptaciones disponibles. Dos personas con la misma discapacidad pueden necesitar adaptaciones diferentes.
Las adaptaciones pueden brindarse de forma continua o cuando es necesario. Las adaptaciones más comunes son cambios en el horario de trabajo, cambios en el código de vestimenta, o reasignación del puesto de trabajo. Otras adaptaciones buscan hacer que el lugar de trabajo sea accesible a las personas con discapacidad. Puede tratarse de estar seguros de que usted dispone de acceso al lugar de trabajo propiamente dicho, así como a las zonas comunes como el cuarto de baño. El lugar de aparcamiento asignado, las rampas de entrada, y la apertura automática de puertas son ejemplos de facilidades para la accesibilidad. Los cambios en su puesto de trabajo o el lugar donde trabaja son tipos de adaptaciones razonables.
A veces, una licencia es una adaptación adecuada. Las licencias pueden ser «continuas» o «intermitentes». Por ejemplo, puede necesitar una licencia continua para someterse a una intervención quirúrgica debido a su discapacidad. Y tras su regreso, es posible que necesite permisos o licencias intermitentes para poder ir a las citas médicas de seguimiento. Para saber más sobre las licencias y los permisos, consulte Tiempo fuera del trabajo.
Las adaptaciones no son solo para las personas con discapacidades físicas. Las adaptaciones razonables para alguien con discapacidades psicológicas o del aprendizaje pueden variar. Los horarios flexibles, un espacio de trabajo tranquilo, y el teletrabajo son habituales y a menudo efectivos.
La ADA no lo obliga a pedir las adaptaciones razonables de una forma determinada. Ni siquiera necesita decir las palabras «ajustes razonables» o «ADA» para que su pedido sea válido. Sin embargo, es su responsabilidad decirle a su empleador que necesita adaptaciones en el trabajo. Para hacer el pedido, puede hablar con de la dirección o de recursos humanos. Aunque no es obligatorio, es una buena idea que presente su pedido por escrito.
Tal vez, su empleador necesita que rellene un formulario o que siga sus procedimientos para realizar una solicitud. Considere que su empleador puede solicitarle documentación médica si su discapacidad no es evidente.
Una vez que solicitó la adaptación, su empleador debe comunicarse con usted lo antes posible. Si no obtiene respuesta en un plazo razonable, haga un seguimiento con su empleador. Pregunte si han recibido su pedido e intente averiguar el motivo del retraso. Los retrasos innecesarios podrían suponer una violación de sus derechos.
Si su empleador deniega su solicitud, averigüe por qué. Es posible que solo necesite aportar más información o documentación médica. Su empleador puede solicitarle documentación médica si su discapacidad no es evidente. Sin embargo, el pedido que le hace debe ser razonable. Solo pueden pedirle la información que sea suficiente para confirmar lo que sigue:
- que usted tiene una discapacidad, y
- que su discapacidad es el motivo por el que necesita la adaptación.
Si su empleador le niega su solicitud, sugiérale otra opción que pueda ser efectiva.
Cada vez que consiga una adaptación, haga un seguimiento de su eficacia. Un periodo de prueba puede ser útil para ver si la adaptación funciona. Dígale a su empleador si la adaptación funciona. De lo contrario, ofrezca otras opciones que puedan ser efectivas. Lo más importante es que mantenga abiertas las líneas de comunicación.
No. Su empleador solo está obligado a darle una adaptación que sea efectiva, es decir, que le permita hacer las partes esenciales de su trabajo.
Si hay más de una adaptación que le permitiría hacer su trabajo, su empleador no tiene por qué elegir la que más le guste, solo porque usted la prefiera. Sin embargo, si la adaptación que le ofrecieron no es realmente de ayuda, deberá decírselo. Su empleador tiene que trabajar con usted para averiguar si existe una adaptación en la que ambos estén de acuerdo y que le permita hacer su trabajo.
Su empleador no está obligado a darle una adaptación que podría causarle una «dificultad excesiva». Esto significa que sería muy costosa, muy difícil de tener, o crearía un riesgo importante para su salud o seguridad, o la de otras personas. Que una adaptación cause una «dificultad excesiva» depende de lo siguiente:
- el costo de la adaptación,
- la dificultad que supone brindar esa adaptación,
- el tipo de empresa o comercio de su empleador,
- la cantidad de empleados y ubicaciones, y
- el presupuesto con el que cuenta su empleador.
Sin embargo, su empleador tiene que continuar trabajando con usted para averiguar si existe una adaptación en la que ambos estén de acuerdo y que no represente una dificultad excesiva.
Haga un seguimiento si su empleador no responde a su pedido. Guarde una lista de las personas con las que habló, las fechas y lo que le dijeron. Si no le responden, es una buena idea hacer un seguimiento por escrito.
Si su empleador deniega su solicitud, puede ser útil averiguar el motivo. Es posible que pueda aportar más información o documentación que respalde su solicitud. O, si su empleador dice que la adaptación que ha solicitado supondría una dificultad excesiva, usted puede sugerirle otras adaptaciones. Pueden trabajar juntos para averiguar si existe una adaptación en la que ambos estén de acuerdo y que no represente una dificultad excesiva.
Si no está de acuerdo con la decisión de su empleador, puede hacer lo siguiente:
- Pregunte a su empleador si existe un proceso de apelación.
- Pregunte a su empleador si hay alguien más en la cadena de mando a quien usted pueda pedirle que reconsidere la situación.
- Si tiene un sindicato que lo representa, pregunte a sus representantes sindicales sobre la presentación de una queja.
Si no consiguen encontrar una solución con la que ambos estén de acuerdo, puede presentar una denuncia por discriminación ante la Comisión contra la Discriminación de Massachusetts (MCAD) en un plazo de trescientos (300) días a partir de la denegación.
La Comisión contra la Discriminación de Massachusetts (MCAD) es la agencia estatal que investiga las denuncias de discriminación en el trabajo. Para hablar con alguien sobre la presentación de una queja ante la MCAD, usted puede hacer lo siguiente:
- visite una oficina de MCAD, o
- programe una entrevista virtual para la admisión de su queja.
Debe presentar su queja en un plazo de trescientos (300) días a partir de la fecha en que su empleador denegó su solicitud o no le proporcionó la adaptación que necesita. Si desea presentar una queja pero el plazo de trescientos (300) días se va a cumplir en menos de setenta y dos (72) horas, puede llamar al 617-994-6000 para acordar una cita de admisión urgente.
Usted tiene derechos en el trabajo según las leyes federales y del estado de Massachusetts:
- Tiene derecho a que no lo discriminen en el trabajo debido a que tiene una discapacidad. Los empleadores no pueden negarse a contratarlo o ascenderlo solo porque tenga una discapacidad.
- Tiene derecho a adaptaciones razonables que le faciliten el trabajo o la solicitud de empleo. Un empresario no puede negarse a tenerlo en cuenta debido a que necesite una adaptación para solicitar o hacer un trabajo.
- Tiene derecho a no sufrir interferencias ni represalias. Los empleadores no pueden intimidarlo, amenazarlo o disuadirlo de solicitar adaptaciones. Impedirle pedir u obtener adaptaciones se llama «interferencia». Tampoco pueden tomar represalias contra usted (vengarse) por ejercer sus derechos. Esto incluye el derecho a presentar una denuncia por discriminación.
- Si cree que ha sido objeto de discriminación o represalias, tiene derecho a presentar una denuncia. Puede denunciar la discriminación a alguien de la dirección o de recursos humanos. O puede presentar una acusación formal ante las agencias federales y estatales que velan por el cumplimiento de las leyes de ADA.
La Ley para Estadounidenses con Discapacidades (ADA) y la Ley de Prácticas Justas en el Empleo de Massachusetts determinan que la discriminación de las personas con discapacidad es contraria a la ley. Esto incluye la discriminación en el lugar de trabajo y durante el proceso de contratación.
Los empleadores de Massachusetts no pueden discriminarlo por tener una discapacidad. El acoso laboral a causa de su discapacidad también es ilegal. Las leyes contra la discriminación de Massachusetts se aplican a lo siguiente:
- empleadores con seis (6) o más empleados, y
- cualquiera que emplee a trabajadores domésticos (como los servicios de limpieza), incluso si son menos de seis (6) empleados.
En Massachusetts, la Comisión contra la Discriminación (MCAD) es la agencia estatal que hace cumplir las leyes contra la discriminación.
En el lugar de trabajo, una adaptación razonable es un cambio en una política, práctica o norma para ayudar a una persona con discapacidad a lograr lo siguiente:
- solicitar empleo,
- hacer su trabajo, o
- acceder a su lugar de trabajo o a los beneficios que ofrece su empleo (como el seguro médico).
No existe un enfoque único para las adaptaciones, ni un límite para los tipos de adaptaciones disponibles. Dos personas con la misma discapacidad pueden necesitar adaptaciones diferentes.
Las adaptaciones pueden brindarse de forma continua o cuando es necesario. Las adaptaciones más comunes son cambios en el horario de trabajo, cambios en el código de vestimenta, o reasignación del puesto de trabajo. Otras adaptaciones buscan hacer que el lugar de trabajo sea accesible a las personas con discapacidad. Puede tratarse de estar seguros de que usted dispone de acceso al lugar de trabajo propiamente dicho, así como a las zonas comunes como el cuarto de baño. El lugar de aparcamiento asignado, las rampas de entrada, y la apertura automática de puertas son ejemplos de facilidades para la accesibilidad. Los cambios en su puesto de trabajo o el lugar donde trabaja son tipos de adaptaciones razonables.
A veces, una licencia es una adaptación adecuada. Las licencias pueden ser «continuas» o «intermitentes». Por ejemplo, puede necesitar una licencia continua para someterse a una intervención quirúrgica debido a su discapacidad. Y tras su regreso, es posible que necesite permisos o licencias intermitentes para poder ir a las citas médicas de seguimiento. Para saber más sobre las licencias y los permisos, consulte Tiempo fuera del trabajo.
Las adaptaciones no son solo para las personas con discapacidades físicas. Las adaptaciones razonables para alguien con discapacidades psicológicas o del aprendizaje pueden variar. Los horarios flexibles, un espacio de trabajo tranquilo, y el teletrabajo son habituales y a menudo efectivos.
La ADA no lo obliga a pedir las adaptaciones razonables de una forma determinada. Ni siquiera necesita decir las palabras «ajustes razonables» o «ADA» para que su pedido sea válido. Sin embargo, es su responsabilidad decirle a su empleador que necesita adaptaciones en el trabajo. Para hacer el pedido, puede hablar con de la dirección o de recursos humanos. Aunque no es obligatorio, es una buena idea que presente su pedido por escrito.
Tal vez, su empleador necesita que rellene un formulario o que siga sus procedimientos para realizar una solicitud. Considere que su empleador puede solicitarle documentación médica si su discapacidad no es evidente.
Una vez que solicitó la adaptación, su empleador debe comunicarse con usted lo antes posible. Si no obtiene respuesta en un plazo razonable, haga un seguimiento con su empleador. Pregunte si han recibido su pedido e intente averiguar el motivo del retraso. Los retrasos innecesarios podrían suponer una violación de sus derechos.
Si su empleador deniega su solicitud, averigüe por qué. Es posible que solo necesite aportar más información o documentación médica. Su empleador puede solicitarle documentación médica si su discapacidad no es evidente. Sin embargo, el pedido que le hace debe ser razonable. Solo pueden pedirle la información que sea suficiente para confirmar lo que sigue:
- que usted tiene una discapacidad, y
- que su discapacidad es el motivo por el que necesita la adaptación.
Si su empleador le niega su solicitud, sugiérale otra opción que pueda ser efectiva.
Cada vez que consiga una adaptación, haga un seguimiento de su eficacia. Un periodo de prueba puede ser útil para ver si la adaptación funciona. Dígale a su empleador si la adaptación funciona. De lo contrario, ofrezca otras opciones que puedan ser efectivas. Lo más importante es que mantenga abiertas las líneas de comunicación.
No. Su empleador solo está obligado a darle una adaptación que sea efectiva, es decir, que le permita hacer las partes esenciales de su trabajo.
Si hay más de una adaptación que le permitiría hacer su trabajo, su empleador no tiene por qué elegir la que más le guste, solo porque usted la prefiera. Sin embargo, si la adaptación que le ofrecieron no es realmente de ayuda, deberá decírselo. Su empleador tiene que trabajar con usted para averiguar si existe una adaptación en la que ambos estén de acuerdo y que le permita hacer su trabajo.
Su empleador no está obligado a darle una adaptación que podría causarle una «dificultad excesiva». Esto significa que sería muy costosa, muy difícil de tener, o crearía un riesgo importante para su salud o seguridad, o la de otras personas. Que una adaptación cause una «dificultad excesiva» depende de lo siguiente:
- el costo de la adaptación,
- la dificultad que supone brindar esa adaptación,
- el tipo de empresa o comercio de su empleador,
- la cantidad de empleados y ubicaciones, y
- el presupuesto con el que cuenta su empleador.
Sin embargo, su empleador tiene que continuar trabajando con usted para averiguar si existe una adaptación en la que ambos estén de acuerdo y que no represente una dificultad excesiva.
Haga un seguimiento si su empleador no responde a su pedido. Guarde una lista de las personas con las que habló, las fechas y lo que le dijeron. Si no le responden, es una buena idea hacer un seguimiento por escrito.
Si su empleador deniega su solicitud, puede ser útil averiguar el motivo. Es posible que pueda aportar más información o documentación que respalde su solicitud. O, si su empleador dice que la adaptación que ha solicitado supondría una dificultad excesiva, usted puede sugerirle otras adaptaciones. Pueden trabajar juntos para averiguar si existe una adaptación en la que ambos estén de acuerdo y que no represente una dificultad excesiva.
Si no está de acuerdo con la decisión de su empleador, puede hacer lo siguiente:
- Pregunte a su empleador si existe un proceso de apelación.
- Pregunte a su empleador si hay alguien más en la cadena de mando a quien usted pueda pedirle que reconsidere la situación.
- Si tiene un sindicato que lo representa, pregunte a sus representantes sindicales sobre la presentación de una queja.
Si no consiguen encontrar una solución con la que ambos estén de acuerdo, puede presentar una denuncia por discriminación ante la Comisión contra la Discriminación de Massachusetts (MCAD) en un plazo de trescientos (300) días a partir de la denegación.
La Comisión contra la Discriminación de Massachusetts (MCAD) es la agencia estatal que investiga las denuncias de discriminación en el trabajo. Para hablar con alguien sobre la presentación de una queja ante la MCAD, usted puede hacer lo siguiente:
- visite una oficina de MCAD, o
- programe una entrevista virtual para la admisión de su queja.
Debe presentar su queja en un plazo de trescientos (300) días a partir de la fecha en que su empleador denegó su solicitud o no le proporcionó la adaptación que necesita. Si desea presentar una queja pero el plazo de trescientos (300) días se va a cumplir en menos de setenta y dos (72) horas, puede llamar al 617-994-6000 para acordar una cita de admisión urgente.
Red de Adaptaciones Laborales (JAN)
La Red de Adaptaciones Laborales (JAN) dispone de orientación sobre adaptaciones en el trabajo. Puede buscar en su base de datos (en inglés) por tipo de discapacidad, limitación, función relacionada con el trabajo, tema y tipo de adaptación.
Departamento de Trabajo de los EE. UU.
El Departamento de Trabajo (en inglés) tiene información sobre la ley ADA y sus derechos en el trabajo.