Asilo

También en

Notas finales

Por
Massachusetts Law Reform Institute
Reviewed
Revisado
Text

Es posible que sea elegible para asilo si:

Teme ser objeto de daños o persecución en su país de origen debido a su:

  • raza,
  • religión,
  • nacionalidad,
  • opinión política,
  • membresía de un grupo social particular, u
  • otra identidad especial, y

cree que el gobierno de su país no puede protegerle.

También puede que califique para asilo si el gobierno de su país de origen o una persona o grupo de su país de origen le ha causado daños o amenazado en el pasado debido a su identidad o membresía en un grupo social particular.

La persecución puede incluir distintos tipos de daño, incluyendo daño físico, emocional o psicológico.

Las leyes migratorias pueden ser complicadas. Es importante hablar con un buen abogado de migraciones antes de pedir asilo.

Widgets
¿Qué significa "membresía en un grupo social particular"?

"Membresía en un grupo social particular" es un término específico de las migraciones, que se refiere a grupos de personas identificables o "reconocibles". Algunos ejemplos de grupos sociales particulares incluyen a personas LGBTQ+ y víctimas de violencia doméstica. Sin embargo, su elegibilidad dependerá de los hechos específicos de su caso y de las circunstancias en su país de origen.

Hable con un abogado de migraciones antes de solicitar el asilo.

¿Cómo solicito asilo?

Asegúrese de ser elegible

Debe estar en los Estados Unidos o en un puerto de entrada a EE. UU. para solicitar el asilo.

Debe realizar la solicitud dentro de un (1) año de su última llegada a los Estados Unidos, a menos que pueda demostrar que:

  • algo cambió en su país de origen que afecte su elegibilidad, o
  • haya circunstancias especiales para su solicitud tardía que puedan ser consideradas "extraordinarias".

Si no cumple con una de estas excepciones, puede que aún sea elegible para suspensión de remoción, que es un tipo de proceso de asilo similar. Si ha recibido un permiso humanitario provisional para ingresar a los Estados Unidos o ha tenido otro estatus, quizás esto le brinde más tiempo para cumplir con el límite de un (1) año para el asilo, pero debe solicitarlo en un periodo razonable luego de que el estatus o la circunstancia llegue a su fin.

Dos (2) maneras de hacer la solicitud

Hay dos (2) procesos para solicitar asilo: el proceso afirmativo y el proceso defensivo. Para ambos procesos, debe demostrar que ha sufrido o teme una persecución en su país de origen debido a lo siguiente:

  • raza,
  • religión,
  • nacionalidad,
  • membresía en un grupo social particular, u
  • opinión política.

Puede recibir asilo enteramente en base a lo que usted diga sobre su situación, pero toda prueba que tenga para apoyar su historia puede ser de ayuda. Hable con un abogado sobre cualquier documento falso que pueda tener. Hay consecuencias graves por declaraciones o documentos falsos, y hay reglas específicas para quienes buscan asilo relacionadas con las declaraciones o los documentos falsos.

Proceso afirmativo: si aún no está en el Tribunal de Migraciones

El proceso afirmativo es para quienes por el momento no están en proceso judicial de expulsión o deportación en el Tribunal de Migraciones.

Pasos en el proceso de asilo afirmativo:

  1. Presentar su solicitud (Formulario I-589) a los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de EE.UU. (USCIS)
  2. Conseguir una entrevista programada con USCIS.
  3. Recibir la decisión del funcionario de asilos.
    1. Si el caso se aprueba, tiene estatus de asilo.
    2. Si el caso se rechaza y no tiene estatus de inmigración, será referido al Tribunal de Migraciones y destinado al proceso judicial de expulsión/deportación. Podrá solicitar asilo frente al juez de migraciones por medio del proceso defensivo. Vea a continuación.

Proceso defensivo: si ya está en proceso judicial de deportación en el Tribunal de Migraciones

El proceso defensivo es para quienes ya están en el Tribunal de Migraciones. Esto incluye a las personas que originalmente solicitaron asilo por medio del proceso afirmativo y fueron rechazadas.

Pasos en el proceso de asilo defensivo:

  1. Presentar su solicitud (Formulario I-589) ante el juez de migraciones.
  2. El juez programará una audiencia para decidir su caso.
    1. Si se aprueba el caso, tendrá estatus de asilo.
    2. Si se rechaza el caso, se le ordenará la expulsión, pero aún puede apelar en la Junta de Apelaciones de Inmigraciones.

El gobierno es representado por un abogado del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) en todos los procesos judiciales de expulsión y deportación. El abogado puede hacerle preguntas y presentar evidencia contra su caso.

¿Puedo solicitar asilo para mis familiares?

Puede solicitarlo para su cónyuge e hijos no casados menores de 21 años. Los hijos y cónyuges pueden estar dentro de los Estados Unidos. Si su familiar está fuera de los Estados Unidos, cuando reciba asilo puede solicitar que se unan a usted con el formulario I-730. Los hijos de más de 21 años y casados pueden solicitar asilo con sus propias solicitudes si cumplen con los criterios para el asilo.

¿Puedo obtener una autorización para trabajar?

Si obtiene el asilo, también obtiene la autorización para trabajar.

Si su caso de asilo ya fue completado y ha estado pendiente durante 150 días sin llegar a una decisión, puede solicitar la autorización para trabajar antes de obtener la decisión acerca del asilo. Se le otorgará una autorización para trabajar por cinco (5) años y se puede renovar hasta que se tome una decisión final sobre su caso.

Mientras espera a que la solicitud esté pendiente durante 150 días no debe solicitar una demora de su caso, o puede que no consiga el permiso para trabajar. Toda demora causada por usted "detiene el reloj" para los 150 días y hace que no sea elegible para un permiso de trabajo, a menos que su caso luego sea aprobado. Si demora su caso al pedir la continuación de una audiencia o una cita, puede que su tarjeta de empleo se vea retrasada. Debería hablar con un abogado de migraciones sobre las demoras.

¿Puedo obtener la residencia legal permanente (tarjeta verde) si consigo estatus de asilo?

Cuando obtiene el estatus de asilo, se le considera un asilado. Puede solicitar una residencia legal permanente, algo también conocido como obtener una tarjeta de residencia o tarjeta verde, un (1) año después de recibir el estatus de asilo. Debe demostrar que ha estado físicamente presente en los EE. UU. durante un (1) año antes de realizar la solicitud.

¿Qué ocurre si tengo una orden de expulsión o ya tuve problemas inmigratorios anteriormente?

Es posible que aún sea elegible para asilo u otros beneficios relacionados, como la suspensión de la expulsión, pero su proceso será distinto. Asegúrese de hablar con un abogado de migraciones calificado antes de realizar cualquier presentación.

¿Puedo viajar como asilado?

Si es un asilado, puede viajar si solicita los documentos de viaje de asilado. No debería viajar con el pasaporte de su país de origen. Además, no debería viajar a su país de origen, incluso si tiene tarjeta de residencia (tarjeta verde), ya que podría resultar en una reapertura y pérdida de su estatus de asilo. Recuerde, el estatus de asilo es para quienes tienen temor de regresar a su país de origen.

¿Cuáles son los beneficios del asilo?

Si le otorgan asilo:

  • Puede vivir legalmente en los Estados Unidos. Luego de un (1) año de recibir asilo, es elegible para solicitar la residencia legal permanente. Luego de cuatro (4) de ser un residente legal permanente de los Estados Unidos, es elegible para solicitar la ciudadanía si tiene más de 18 años.
  • Puede pedir que su cónyuge e hijos no casados menores de 21  años se le unan en los Estados Unidos. En ciertas circunstancias, puede que los hijos no casados de más de 21 años también sean elegibles para unirse a los beneficios de la inmigración. Debe hacer la presentación dentro de los dos (2) años de haber recibido el asilo.
  • Puede solicitar beneficios de inmigración para algunos otros familiares, como sus padres, luego de recibir el estatus de residencia permanente o convertirse en ciudadano.
  • Puede que califique para beneficios financieros ofrecidos por el gobierno estatal, incluyendo: asistencia financiera, seguro de salud, asistencia alimentaria y capacitación laboral.
¿Cuáles son las desventajas del asilo?

Si le otorgan asilo no puede regresar a su país de origen con facilidad. Para viajar a su país de origen, primero debe obtener un formulario de permiso especial del gobierno de EE. UU. Puede perder la protección del asilo si regresa a su país de origen antes de obtener un permiso de los Estados Unidos.

¿Le resultó útil esta página?