¿Cuáles son los requisitos para sellar mi expediente de desalojo?

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Tenant Advocacy Project at Harvard Law School
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La ley de sellado de expedientes de desalojo tiene diferentes requisitos según el resultado, el tipo de caso de desalojo y el plazo de apelación.

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¿Cómo puedo obtener información acerca de mi caso de desalojo?

Necesitará cierta información para presentar su pedido en los tribunales:

  • Número de expediente del caso (si lo conoce, es posible que no necesite el resto de la información indicada)
  • Información acerca del motivo de su desalojo
  • Nombre e información de contacto del arrendador o del abogado del arrendador
  • Nombre del tribunal ante el cual se tramitó su demanda de desalojo
  • Fecha de la decisión final respecto de su desalojo

Puede encontrar esta información en los documentos judiciales relacionados con su desalojo. También puede ir a la página web del Tribunal de Primera Instancia y buscar su caso. Aprenda a hacer un búsqueda en la lista de casos en línea de un tribunal.

Si la información incluida en su expediente le parece incorrecta, consulte «¿Qué puedo hacer si veo errores en mi expediente judicial de desalojo?»

Si mi caso se desestima, ¿cómo puedo sellar mi expediente de desalojo?

Si su caso fue desestimado, puede sellar su expediente de desalojo una vez transcurrido el plazo de apelación y concluido el caso. Esto se aplica a todos los tipos de desalojo (por causa justa/con culpa, sin causa/sin culpa y por falta de pago de la renta).

Hay diferentes maneras de desestimar los casos, ya que pueden hacerlo:

  • Los jueces.
  • Los arrendadores en forma voluntaria.
  • Las partes de común acuerdo, una vez que el inquilino haya cumplido un acuerdo judicial.    

Si el caso fue desestimado y usted presenta una petición de sellado, no está obligado a notificar a la otra parte. Para obtener más información sobre el plazo de apelación, consulte ¿Cuándo finaliza el plazo de apelación?

Si hubo una sentencia a mi favor, ¿cómo puedo sellar mi expediente de desalojo?

Si el juez emite una sentencia definitiva a su favor respecto del desalojo, podrá sellar su expediente una vez finalizado el plazo de apelación y concluido el caso. No es necesario que entregue una copia de la solicitud de sellado al arrendador involucrado en el caso. Esto se aplica a todos los tipos de desalojo de procedimiento sumario (con culpa/por causa justa, sin culpa/sin causa y por falta de pago de la renta). Para obtener más información sobre el plazo de apelación, consulte ¿Cuándo finaliza el plazo de apelación?

Si hubo una sentencia a su favor en un caso de «desalojo rápido» en virtud del Capítulo 139, Sección 19, consulte Si mi desalojo fue una acción en virtud del Capítulo 139, Sección 19, ¿cómo puedo sellar mi expediente de desalojo?

Si mi caso fue un desalojo sin culpa, ¿cómo puedo sellar el expediente de desalojo?

Un desalojo sin culpa (o sin causa) se produce cuando un arrendador desaloja a un inquilino por motivos diferentes a infringir el contrato de arrendamiento o no pagar la renta. Esto incluye razones comerciales o financieras, o que el contrato de arrendamiento haya finalizado.

Si fue desalojado en un caso sin culpa, puede solicitar que se selle su expediente de desalojo una vez finalizado el plazo de apelación y concluido el caso. Consulte ¿Cuándo finaliza el plazo de apelación?

Tendrá que dar aviso entregándole una copia de la solicitud al arrendador, o a su abogado si lo tuviera.

Si mi caso fue un desalojo por falta de pago, y he pagado, ¿cómo puedo sellar mi expediente de desalojo?

Si el desalojo se debió a la falta de pago de la renta y usted ha pagado el importe que debía, puede pedir al tribunal que selle su expediente de desalojo tan pronto como el arrendador presente un Aviso de Satisfacción (Notice of Satisfaction), un documento que indica que usted ha pagado el importe adeudado. El importe que debe puede haber sido ordenado por un tribunal, o puede que haya aceptado pagarlo en un acuerdo con su arrendador.  

El Aviso de Satisfacción es una notificación al tribunal de que usted ha pagado. El arrendador tiene 14 días para presentar este aviso, una vez que usted haya pagado el importe que debía. (Tenga en cuenta que el importe adeudado probablemente incluya las costas judiciales y los intereses). Luego, puede solicitar al tribunal que selle su expediente. Tendrá que notificarlo al arrendador, enviándole una copia de su solicitud de sellado.

Si el propietario no da aviso al tribunal de que usted pagó el importe adeudado, puede notificarlo a través de un formulario que se llama Petición de Acuerdo o Sentencia para Considerarse Satisfecho (Petition for Judgment or Agreement to be Deemed Satisfied).

Usted puede enviarlo 14 días después de haber pagado y pedir al tribunal que determine (o «considere») que la sentencia o el acuerdo ha sido pagado (o «satisfecho») en su caso. Tendrá que notificarlo al arrendador, enviándole una copia de este formulario. El arrendador dispone de 7 días para oponerse. Si transcurren 7 días y no se opone («no hay objeciones»), el tribunal puede determinar que el importe que usted debía ha sido pagado y «satisfecho». 

Luego, podrá presentar una solicitud para sellar su expediente de desalojo. Tendrá que notificarlo al arrendador, enviándole una copia de su solicitud de sellado.

Si mi caso fue un desalojo por falta de pago y no he pagado, ¿cómo puedo sellar mi expediente de desalojo?

Si el desalojo se debió a la falta de pago de la renta y usted no ha pagado el importe que el tribunal le pidió que pagara o que usted acordó pagar, puede solicitar que se selle su expediente de desalojo si se cumplen todas las siguientes condiciones:

  1. El caso, incluido el plazo de apelación, finalizó hace al menos 4 años, y
  2. Usted certifica en la solicitud que no pudo pagar todo el dinero adeudado debido a dificultades financieras, y
  3. No ha habido ningún otro caso de desalojo o de lo que se llama una «acción de locador» que se haya presentado contra usted en Massachusetts debido a falta de pago durante los últimos 4 años.

Una «acción de locador» (lessor action) es una acción civil contra un propietario o administrador relacionada con condiciones inseguras de la vivienda y otras violaciones de cualquier otra ley. Sin embargo, es poco probable que un inquilino que solicite el sellado de su expediente se convierta en propietario o administrador y sea a su vez demandado por un inquilino en los 4 años anteriores a la presentación de una solicitud. 

Deberá notificar al arrendador que ha solicitado el sellado. Si se opone a que se selle su expediente en los 7 días siguientes a la presentación de la solicitud, habrá una audiencia y es posible que tenga que presentar un formulario judicial llamado «declaración financiera» (financial statement) en el que usted demuestre por qué no ha podido pagar. Si transcurren 7 días y no hay objeciones, el tribunal puede tramitar su solicitud de sellado de un desalojo sin necesidad de una audiencia.

Si mi caso fue un desalojo con culpa, ¿cómo puedo sellar mi expediente?

Un desalojo con culpa se produce cuando el arrendador desaloja a alguien debido a que ha incumplido las condiciones del contrato de alquiler o arrendamiento, pero el inquilino hizo algo diferente a la falta de pago de la renta. También se puede llamar «desalojo por causa justa». Usted podrá presentar una solicitud para sellar su expediente de desalojo si se cumplen las siguientes condiciones:

  1. El caso, incluido el plazo de apelación, finalizó hace al menos siete (7) años, y
  2. No se ha presentado ningún otro caso de desalojo con culpa o lo que se llama una «acción de locador» contra usted en Massachusetts en los siete (7) años anteriores a que usted presentara la solicitud de sellado de un expediente de desalojo. Cualquier otro tipo de desalojo que se haya presentado en su contra, como un desalojo sin culpa o por falta de pago, no afectará la posibilidad de presentar una solicitud.

Una «acción de locador» (lessor action) es una acción civil contra un propietario o administrador relacionada con condiciones inseguras de la vivienda y otras violaciones de cualquier otra ley. Sin embargo, es poco probable que un inquilino que solicite el sellado de su expediente se convierta en propietario o administrador y sea a su vez demandado por un inquilino en los siete (7) años anteriores a la presentación de una solicitud.

Debe avisarle al arrendador que está presentando una solitud de sellado. El arrendador dispone de siete (7) días para oponerse. Si transcurren siete (7) días y no hay objeciones, el tribunal puede sellar su expediente sin necesidad de una audiencia.

Si mi desalojo fue una acción civil en virtud del Capítulo 139, Sección 19, ¿cómo puedo sellar mi expediente?

Una acción civil en virtud del Capítulo 139, Sección 19 —también conocida como «desalojo rápido»— se produce cuando el arrendador declara que el inquilino cometió ciertos delitos en el apartamento o los alrededores. En este tipo de casos, si el arrendador obtuvo una sentencia a su favor de un tribunal o mediante un acuerdo, usted puede solicitar que se selle su expediente de desalojo si se cumplen todas las siguientes condiciones:

  1. El caso, incluido el plazo de apelación, finalizó hace al menos siete (7) años, y
  2. Usted no ha tenido un desalojo con culpa u otro desalojo en virtud del Capítulo 139, Sección 19 que se haya presentado contra usted en Massachusetts en los últimos siete (7) años, y
  3. En los últimos siete (7) años usted no ha sido condenado por un delito penal al que se haga referencia en el Capítulo 139, Sección 19, incluida la venta ilegal de drogas.

El tribunal deberá celebrar una audiencia relativa a su solicitud, para determinar si se han cumplido estos requisitos y, además, si sellar su desalojo es «en interés de la justicia y la seguridad pública».

Si el arrendador no obtuvo una sentencia a su favor en un caso del Capítulo 139, Sección 19, entonces usted puede presentar la petición una vez finalizado el plazo de apelación y concluido el caso. El plazo de apelación en virtud del Capítulo 139, Sección 19, es de treinta (30) días a partir de la fecha de la sentencia. Debe avisarle al arrendador que está presentando una solitud de sellado.

Este es el segundo de una serie de 4 artículos sobre la nueva ley de sellado de expedientes de desalojo. Consulte los demás artículos aquí:

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Talleres y clínicas
Eviction Sealing - Workshops and Clinics

Obtenga ayuda de organizaciones locales a llenar formularios y encontrar información acerca de su caso.

Consulte este documento de Google sobre los próximos talleres y clínicas de sellado de desalojos en todo el estado.

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Formulario de recopilación de historias sobre el sellado de desalojos

Como esta ley es nueva, queremos conocer las experiencias de los inquilinos. Le pedimos que considere completar el Formulario de recopilación de historias sobre el sellado de desalojos (en inglés).

El formulario es para los inquilinos de Massachusetts que han presentado una petición ante un tribunal para que se selle su expediente judicial de desalojo. El Massachusetts Law Reform Institute no compartirá ninguna información que nos facilite sin su permiso.

 

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