Cómo apelar una denegación de seguro de desempleo

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Greater Boston Legal Services
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Si el Departamento de Asistencia al Desempleado de Massachusetts (DUA, por sus siglas en inglés) considera que usted no puede recibir los beneficios del seguro de desempleo (UI, por sus siglas en inglés), puede pedir que se revise su caso nuevamente. Esto se llama apelar una denegación. Debe presentar su apelación dentro de los 10 días de la fecha que aparece en el aviso que le envía el DUA. Una vez que usted presenta la apelación, el DUA programa una audiencia.

En la audiencia, puede decirle al consejero de audiencia del DUA por qué usted considera que debería recibir los beneficios. Debe enviar todas las evidencias que tenga antes de la audiencia, a través de UI Online o por correo electrónico.

Aún si no tiene un abogado, puede asistir a la audiencia de apelación por su cuenta. Su oficina local de asistencia legal también puede ayudar.
 

Importante  


Si está apelando una decisión del DUA, debe continuar certificando su elegibilidad y solicitando los beneficios todas las semanas. Vea Certificar la búsqueda de trabajo.

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¿Cómo apelar si el DUA me niega el seguro de desempleo?

Puede apelar mediante una audiencia, ya sea a través de su cuenta UI online o por correo electrónico. Vea las Instrucciones del DUA.

A veces, el DUA le envía más de un aviso de inadmisibilidad (denegación). Debe presentar una apelación por cada aviso en forma separada.

Después de presentar su apelación, asegúrese de revisar la bandeja de entrada de su cuenta UI Online y de su correo todos los días. El DUA le enviará un aviso cuando programe su audiencia. 
 

¿Cuál es el plazo límite para apelar?

Si desea apelar, debe presentar su apelación lo antes posible. Debe presentar su apelación dentro de los 10 días de la fecha que aparece en el aviso de inadmisibilidad.

En algunos casos, podrá presentar su apelación más tarde (pero no más de 30 días después de la fecha del aviso de inadmisibilidad), si tiene una "buena causa". Los siguientes son algunos ejemplos de buenas causas:

  • Usted o miembros de su familia están muy enfermos.  
  • Ha sufrido violencia doméstica
  • No recibió a tiempo el aviso del DUA para apelar debido a un atraso del correo. 
  • Otros motivos graves fuera de su control.

En algunas ocasiones, el DUA le puede permitir que presente una apelación más de 30 días después de la fecha del aviso si ocurre lo siguiente: 

  • El DUA no le envió el aviso de inadmisibilidad en su idioma primario y usted presentó la apelación dentro de los 60 días. 
  • Si no recibe el aviso de inadmisibilidad a tiempo para apelar dentro del plazo establecido, y presenta la apelación apenas lo recibe.  
  • Un empleado del DUA lo disuadió de presentar una apelación. 
  • Su empleador lo disuadió de presentar una apelación, incluida cualquier intimidación o acoso relacionado con su caso desempleo.  
¿Cuánto tiempo demanda obtener una fecha de apelación?

El Departamento de Asistencia a los Desempleados (DUA) establece que las audiencias se obtienen en los 30 días posteriores a la presentación de la apelación. El DUA está celebrando la mayoría de las audiencias a través del teléfono o en forma virtual.

Importante  

Siga las instrucciones de su aviso de audiencia para acceder a la audiencia en la fecha y hora programadas.

Si tiene preguntas o necesita volver a programar su audiencia, llame al DUA lo antes posible. Pruebe primero llamar al número que aparece en su aviso de audiencia, o a la línea principal del DUA al 877-626-6800.

Los números principales de las oficinas de la división de audiencias del DUA son los siguientes:

  • Boston: 1-617-626-5200
  • Lawrence: 1-978-738-4400
  • Brockton: 1-508-894-4777
  • Springfield: 1-413-452-4700
¿Qué tipo de evidencia debo presentar en la audiencia?

La evidencia que necesita depende el motivo por el que el Departamento de Asistencia a los Desempleados (DUA) dijo que usted no era elegible. ¿Puedo recibir un seguro por desempleo si me despidieron? y ¿Puedo recibir el seguro por desempleo si renuncié a mi trabajo? le ayudarán a saber el tipo de evidencia que le será útil si lo despidieron o si renunció a su trabajo. Vea ¿Cómo puedo probar mi identidad al DUA? para obtener información sobre la verificación de identidad.

Envíe toda la información que posea sobre el motivo de finalización de su trabajo. Por ejemplo, si usted renunció porque estaba enfermo, podría traer las facturas o recetas de los médicos. O, si lo despidieron del trabajo por llegar tarde, puede presentar documentos que muestren que el motivo por el cual llegaba tarde estaba fuera de su control y que no llegaba tarde a propósito. Si tiene documentos que quiera mostrar al DUA o testigos que puedan ayudarle, tráigalos a la audiencia. El consejero de audiencia del DUA utilizará la información que usted y su empleador presenten en la audiencia. 

Puede encontrar instrucciones para cargar evidencia antes de su audiencia en el sitio web del DUA.

¿Puede apelar mi empleador?

Sí. Si el DUA aprueba su solicitud de seguro de desempleo, su empleador puede apelar la decisión para evitar que usted obtenga los beneficios. Es posible que su empleador haga esto porque cuando sus exempleados reciben beneficios de UI, es posible que tengan que pagar más impuestos para el UI.

Si su empleador presenta una apelación, el DUA le enviará un aviso con la fecha y hora de la audiencia. Puede asistir a la audiencia sin abogado, o su oficina de asistencia legal local podría ayudarle.

En la audiencia, su empleador deberá explicar por qué usted no debería recibir beneficios. También presentará evidencia, como documentos y registros de sus acciones en el trabajo, para demostrar que haber perdido el empleo fue su culpa. Deberá asistir a la audiencia y presentar evidencia que le muestre al DUA su versión de la historia.  Es el DUA y no su empleador quien decide si debe obtener beneficios. 

Aún si su empleador apela la decisión en la que se aprobó que recibiera beneficios, deberá seguir obteniendo la certificación para los beneficios todas las semanas. El DUA solo dejará de pagar sus beneficios si revierte su decisión. 

¿Qué ocurre si pierdo mi audiencia?

Si pierde en la audiencia, puede apelar la decisión tomada en la audiencia. Si no tiene un abogado que lo asista, puede apelar por su propia cuenta:

  1. Usted puede apelar ante la Junta de Revisión. Tiene 30 días para apelar ante la Junta de Revisión. El DUA le enviará un correo con instrucciones junto con la decisión para su audiencia. Al apelar ante la Junta de Revisión, usted puede presentar una carta u otra información para demostrar por qué considera que debió haber ganado en la audiencia. Por lo general, no obtendrá una nueva audiencia, pero la Junta revisará sus documentos y su caso una vez más. Puede encontrar instrucciones en el sitio web de la Junta de Revisión
  2. Si no gana su caso ante la Junta de Revisión, puede presentar una apelación al Tribunal de Distrito que tenga cobertura del área donde vive o donde trabajó por última vez. Puede encontrar el tribunal de distrito que corresponde si ingresa su dirección en el sitio web del Tribunal. Debe apelar en los 30 días posteriores a haber recibido la decisión de la Junta. 

Sin importar si decide o no presentar una apelación ante la decisión de su audiencia, podrá solicitar una "excepción" para evitar devolver los beneficios que el DUA ya le haya pagado. Visite también: ¿El DUA le pidió que devolviera el dinero que le habían pagado?

¿Qué ocurre si el plazo límite de mi apelación ya pasó?

Puede escribir a:

Katie Dishnica
Directora del Departamento de Asistencia a los Desempleados
100 Cambridge Street
Boston, MA 02114

En la carta, pida a la agencia que reconsidere su decisión. Explique por qué perdió la fecha de apelación y por qué debería obtener los beneficios.
 

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Más recursos
Contacte al Departamento de Asistencia al Desempleado
UI - Contact the Department of Unemployment Assistance
  • En internet:  Ingrese al UI en línea para realizar trámites como solicitar el seguro de desempleo (UI, por sus siglas en inglés), apelar una denegación o solicitar beneficios semanales.
  • Por teléfono: Llame al DUA para solicitar ayuda: 877-626-6800. Abierto de 8:30 a.m. a 4:30 p.m., de lunes a viernes. Puede obtener ayuda en varios idiomas.
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